Posteado por: censopascindoc | julio 2, 2010

RESOLUCION DE ACUERDO DE DIRECTORIO Nº 033-2008-APN-DIR. Formatos de aviso de accidentes mortales, accidentes de trabajo y incidentes peligrosos.


(Fecha de Publicación: Sábado, 13 de Setiembre de 2008)

 Modifican artículos e incluyen formatos de reporte de accidentes a la norma sobre seguridad portuaria y lineamientos para la obtención del certificado de seguridad en instalaciones portuarias, aprobada mediante Res. Nº 010-2007-APN/DIR y ampliada por Res. Nº 006-2008-APN/DIR

 RESOLUCION DE ACUERDO DE DIRECTORIO Nº 033-2008-APN-DIR

             Callao, 9 de setiembre 2008

             CONSIDERANDO:

             Que, de conformidad con la Ley del Sistema Portuario Nacional – Ley Nº 27943, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-2004-MTC y sus modificaciones; y con el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Portuaria Nacional (APN), aprobado por Decreto Supremo Nº 034-2004-MTC, corresponde a esta entidad normar en los aspectos técnicos, operativos y administrativos, el acceso a la infraestructura portuaria, permanencia y salida de las naves y de la carga en los puertos sujetos al ámbito de su competencia, seguridad del puerto y de las naves, así como cualquier otra actividad existente o por crearse, así como velar por la seguridad de los puertos y terminales portuarios.

             Que, el artículo 33.1 de la Ley del Sistema Portuario Nacional dice lo siguiente:…”Las administraciones portuarias implantan sistemas de seguridad integral en los puertos bajo su administración, incluyendo la seguridad industrial, la seguridad del recinto y sus instalaciones y la prevención de los daños al medio ambiente, conforme a la legislación sobre la materia, debiendo establecer planes de contingencia al respecto, en la forma que determine la reglamentación”.

             Que, la sexagésima séptima reunión de la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo convocada en la ciudad de Ginebra, adoptó con fecha 22 de junio de 1981 el Convenio sobre Seguridad y Salud de los Trabajadores. En la misma fecha se adoptó la Recomendación sobre Seguridad y Salud de los Trabajadores y Medio Ambiente de Trabajo.

             Que, el artículo 130 del Reglamento de la Ley del Sistema Portuario Nacional dice lo siguiente:… “La Autoridad Portuaria Nacional establecerá los estándares mínimos de los sistemas de seguridad integral de los puertos y terminales portuarios” .

             Que, la APN mediante Resolución de Acuerdo de Directorio Nº 010-2007-APN/DIR, establece la norma nacional sobre seguridad portuaria y lineamientos para la obtención del certificado de seguridad en las instalaciones portuarias de la República.

             Que, la APN mediante Resolución de Acuerdo de Directorio Nº 006-2008-APN/DIR, amplía la norma sobre seguridad portuaria y lineamientos para la obtención del certificado de seguridad en las instalaciones portuarias.

             Que, es necesario modificar tres (03) artículos e incluir tres (03) formatos de reporte de accidentes, a la norma sobre seguridad portuaria y lineamientos para la obtención del certificado de seguridad en las instalaciones portuarias de la República, con la finalidad de tener el conocimiento oportuno sobre los accidentes que se susciten en las instalaciones portuarias.

             Que, en la Sesión de Directorio Nº 122 de la Autoridad Portuaria Nacional celebrada el 09 de setiembre de 2008, el Directorio resolvió mediante Acuerdo Nº 534-122-09/09/2008/D, aprobar la ampliación de la Resolución de Acuerdo de Directorio Nº 010-2007-APN/DIR, norma sobre seguridad portuaria y lineamientos para la obtención del certificado de seguridad en las instalaciones portuarias de la República, así como disponer que el Presidente de Directorio, sea quien expida y suscriba en representación del Directorio, la Resolución de Acuerdo de Directorio correspondiente;

             SE RESUELVE:

(Solicitar el Dispositivo Legal completa a cblaskovic@ins.gob.pe)


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